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Tipos de quad:

En función a las características técnicas diferenciamos tres tipos de quads:

  • Cuadriciclos ligeros: 

Son vehículos de cuatro ruedas cuya masa en vacío es inferior a 350 Kg., no incluida la masa de la batería en el caso de los vehícu­los eléctricos. La velocidad máxima por construcción que pueden desarrollar es­tos vehículos no tiene que ser superior a 45Km/h., para los motores de explosión la cilindrada será inferior o igual a 50 cc, en cuanto a otro tipo de motores la potencia máxima neta será inferior o igual a 4 KW.

  • Cuadriciclos (no ligeros):

Son automóviles de cuatro ruedas cuya masa en vacío (no incluida la de las baterías para los vehículos eléctricos) sea inferior o igual a 400Kg o sea inferior o igual a 550 Kg si se trata de un vehículo destinado al transporte de mercancías, y cuya potencia máxima neta del motor sea inferior o igual a 15 KW.

  • Vehículos especiales:

Son vehículos especiales autopropulsados, de dos o más ejes, concebidos y construidos para efectuar servicios determina­dos. Las normas que regulan a estos vehículos son las mismas nor­mas que con carácter general regulan la circulación. Podrán circular sin limitaciones dentro de sus respectivos radios de acción cuando sus masas o dimensiones no excedan de las es­tablecidas en el reglamento.Los vehículos especiales no deben rebasar las siguientes veloci­dades:

  • 25 km/h. Para vehículos que carecen de señalización de frenado.

  • 40 km/h. Los restantes vehículos especiales.

  • 70 km/h. Cuando puedan desarrollar por construcción una velocidad superior a 60 km/h en llano.

Y recuerda: ¡Los quads también tiene que pasar la ITV!

  • Exento los 4 primeros años
.

  • Si tienen más de 4 años, hay que pasarla cada 2 años.

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